Endeudamiento crediticio municipal e ingreso del Estado de México
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1.2 DEPENDENCIA HACENDARIA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO.
Los recursos transferidos de la federación hacia Estados y Municipios han sido de vital importancia en la conformación de las haciendas estatales y municipales. Tal situación deriva en una dependencia hacendaria de parte de los municipios hacia la entidad federativa, situación que no excluye al Estado de México. Tradicionalmente las transferencias federales han representado la principal fuente de recursos con que las entidades federativas y municipios cuentan para su desarrollo y financiamiento, entendiéndose estas por el abono de recursos financieros por parte del Gobierno federal hacía los Estados y de estos hacía sus gobiernos municipales, por cual dicha dependencia es y ha sido necesaria para el continuo progreso y mantenimiento de las entidades federativas y municipios, siendo este último el que nos compete. Ciertas transferencias son reguladas y normalizas por leyes que van desde el nivel federal, proclamadas por el sistema ejecutivo y modificadas por el mismo a través del tiempo, con el fin de garantizar el funcionamientos de estas además de otorgar cierta autonomía a las entidades y municipios y así descentralizar el sistema gozando de una mayor libertad y estabilidad. Pero asimismo se han convertido en el centro del debate actual sobre el fortalecimiento y la autonomía hacendaria de los municipios, pero más como posible génesis del problema de endeudamiento crediticio presente. Surgiendo cuestionamientos hacia el sistema de descentralización en cuanto a su funcionamiento y si es que este garantiza un gobierno estable. Ahora bien, ¿Qué incentiva la acción por parte de las administraciones de recurrir al crédito?, Si existe un desfase en la relación ingreso-egreso, al ya no existir recursos sin recurrir al crédito y no ser suficientes las transferencias de recursos, sólo entonces, pueden buscarse ingresos para satisfacer las necesidades sociales recurriendo a la deuda pública, sea mediante empréstitos, o bien a través de la emisión y colocación de bonos y obligaciones de deuda pública. El marco legal que cubre dicha acción se encuentra plenamente establecida, puesto que esta acción es completamente legal pues permite que se regule el sistema financiero de los gobiernos. Cabe mencionar que dicho marco legal establece varios puntos que deben cumplirse o al menos demostrar que se cumplen al cien por ciento, y de esa manera no surja ningún problema financiero como lo en la situación en la que se encuentran los municipios del Estado de México, dichos puntos que menciona y son fundamentales son: responsabilidad fiscal, transparencia y credibilidad, y capacidad de pago. Fundamentado en artículo 73 Constitucional, fracción VIII, en relación con el artículo 1, fracción II de la Ley General de Deuda Pública. Es aquí donde se haya la disyuntiva que parte del problema actual de endeudamiento, hemos mencionado los motivos por los cuales se puede recurrir a la adquisición de recursos y el marco legal que lo respalda, es entonces como nos compete cuestionar que pasa con el cumplimiento de dicho marco por parte de las autoridades encargadas en el asunto y por ende sentenciar su fallo, ya que nos atrevemos a acusar de un abuso y corrupción en la función de su poder ya que si se encuentra regulado y garantizado el sistema de deuda, no existe motivos por los cuales se esté pasando por esta severa crisis en la que se encuentran los municipios del Estado de México y su incierto futuro por dicho problema. |
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